Los MASC – Una nueva forma de Justicia
L.O. 1/2025, DE MEDIDAS EN MATERIA DE EFICIENCIA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA
¿QUÉ EXIGE LA LEY? Una actividad negociadora a la que las partes en conflicto acuden para encontrar una solución extrajudicial, sea por sí mismas o por un tercero neutral.
MATERIAS: Todos los asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos y familia.
Excluidos: laboral, penal y concursal, así como los asuntos en los que una de las partes sea una entidad pública.
TIPOS de MASC: Mediación, conciliación, la opinión neutral de un experto independiente, una oferta vinculante confidencial o cualquier otro tipo de actividad negociadora, reconocida en esta u otras leyes, estatales o autonómicas.
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